Patrimonio construido, patrimonio protegido

by Editorial

Autor: Alejandro Ramírez Paulin

Después de años construyendo un patrimonio, es común llegar a un punto en el que ya no cabe en una sola cuenta: hay un fondo para el retiro, Afore, inversiones nacionales y/o en el extranjero, quizás un negocio adicional, una o varias propiedades y, con frecuencia, activos en más de una institución. Llegado ese punto, la siguiente pregunta debería ser:
¿Qué pasa con todo esto si yo ya no estoy para decidirlo? Esa es la planeación patrimonial y sucesoria, y en México no son muchas las personas y/o familias que lo llevan a cabo, trayendo como consecuencia la perdida de patrimonios y lo más doloroso: el rompimiento familiar. Acá un par de opciones que podemos tomar:


EL TESTAMENTO
De acuerdo con los últimos datos disponibles del Registro Nacional de Testamentos, sólo el 4.7 por ciento de los mexicanos cuenta con uno!!, siendo la Ciudad de México la entidad que tiene el mejor porcentaje del país con alrededor del 21 por ciento, seguidos por estado de México y Jalisco. Contar con un testamento, tú decides quien hereda qué, y en qué proporción reducirás los conflictos familiares y protegerás a tus herederos.
En vida podrás modificarlo cuantas veces quieras y dejarás certeza, y en vida tendrás mucha tranquilidad. Su costo es económico y justo este mes de septiembre es el mes del testamento, los costos de acuerdo con la página de la Secretaria de Gobernación van desde los mil pesos hasta los 4 mil 100, dependiendo el estado donde se realice.


Por el contrario, el no dejar un testamento, cuando alguien fallece, la familia enfrenta un juicio sucesorio testamentario que, si hay acuerdo entre los herederos, según especialistas este proceso puede tomar entre 10 y 18 meses, pero que se extiende de dos a cinco años cuando hay disputas o bienes complejos -el escenario más probable en un patrimo nio con múltiples cuentas, propiedades e inversiones-. A eso se suman honorarios de abogado de entre 3 y 8 por ciento del valor heredado y costos notariales que, en una sucesión intestada, suelen ubicarse entre 3 y 7 por ciento del valor total de los bienes. Para una herencia promedio en una ciudad como la Ciudad de México, el presupuesto total del proceso puede ir de 125 mil a 350 mil pesos o más. A todo lo anterior, hay que sumar el desgaste que una familia pudiera tener provocando probablemente conflictos familiares, incluso llegando al rompimiento.


EL FIDEICOMISO
La otra alternativa es el fideicomiso, que es un contrato mediante el cual una persona física o moral (fideicomitente) transmite la titularidad de ciertos bienes y/o derechos a una institución fiduciaria (fiduciario) para que éste los administre y/o invierta, en beneficio del propio fideicomitente o un tercero (fideicomisario). Puede ser un banco o una casa de bolsa, para que los administre en beneficio de quien el fideicomitente designe (el fideicomisario), bajo las reglas que él mismo estableció. En materia patrimonial y sucesoria, las ventajas más relevantes son:


Protección Legal. Evita el proceso sucesorio para los bienes que están dentro del fideicomiso: al fallecimiento del fideicomitente, los activos se entregan a los beneficiarios conforme a las reglas del contrato, sin necesidad de un juicio sucesorio para esa parte del patrimonio.


Flexibilidad y seguridad, por ejemplo, que un hijo reciba el patrimonio en distintas etapas -al cumplir cierta edad, al graduarse o en montos parciales- en lugar de recibir todo de una sola vez.


Da continuidad y confidencialidad. A diferencia del testamento, el contenido de un fidei comiso no se hace público y su administración puede continuar de forma ordenada aun en un evento de incapacidad, no sólo de fallecimiento.


Aísla ciertos activos. Bien estructurado, el patrimonio dentro del fideicomiso queda separado del patrimonio personal, lo que puede ofrecer protección adicional frente a contingencias legales o de negocio.


Transparencia Fiscal. Por lo general, el fideicomiso no cuenta con RFC, por lo que es fiscalmente transparente, y las obligaciones de retención y entero se trasladan al fideicomitente y/o fideicomisario, según corresponda.

Finalmente, me gustaría comentar que un error común es pensar la planeación sucesoria únicamente en función de la muerte. Un evento igualmente disruptivo -y con frecuencia menos previsto- es la incapacidad parcial o total: un accidente o una enfermedad que impida al responsable de las finanzas familiares tomar decisiones financieras por un periodo o de manera definitiva ante una invalidez total. Sin instrucciones previas, la familia puede enfrentar un vacío legal para operar cuentas, pagar obligaciones o si la persona en cuestión es empresaria, continuar con el negocio y junto con poderes notariales bien diseñados, puede prever quién tomará las decisiones y bajo qué reglas mientras el fideicomitente no pueda hacerlo.


También me gustaría mencionar algunos puntos a considerar para la sucesión patrimonial:

  1. Realiza un inventario patrimonial completo.
    Cuentas de inversión, Afore y aportaciones voluntarias, PPR, propiedades, seguros, participación accionaria en empresas, etcétera. Sin un inventario claro, cualquier plan sucesorio queda incompleto. ¡Y comparte este inventario con tu familia! En Amazon, encontrarás algunas carpetas de la vida (así ponlo en el buscador), y encontraras organizadores que te ayudarán a dejar todo por escrito y en un solo lugar, y podrías incluir los papeles importantes (pólizas de seguros, facturas), las personas a quien buscar -contacto del notario, o ejecutivo bancario, por ejemplo-.
  2. Revisa que los beneficiarios designados estén vigentes.
    Revisar que los beneficiarios en seguros de vida, Afore y cuentas de inversión estén actualizados; es común encontrar designaciones desactualizadas después de un matrimonio, divorcio o nacimiento de un hijo, inclusive se llega a tener beneficiarios que ya fallecieron.
  3. Estructura: testamento, fideicomiso o ambos.
    No son excluyentes. Es común que el fideicomiso concentre los activos financieros e inmobiliarios de mayor valor, mientras el testamento cubre el resto del patrimonio y expresa la voluntad general del fideicomitente.
  4. Liquidez para el corto plazo.
    Un seguro de vida adecuadamente dimensionado permite que la familia cuente con recursos inmediatos, sin depender de que otros activos se liquiden o de que concluya un proceso legal.

La planeación patrimonial y sucesoria no es un tema exclusivo de las grandes fortunas: es proporcional al tamaño y la complejidad del patrimonio, y un perfil podríamos llamar más sofisticado -con múltiples cuentas, compensación variable, propiedades y, en ocasiones, participación en un negocio- suele beneficiarse de ella antes de lo que imagina. El objetivo final es simple de enunciar, aunque tome tiempo construirlo: que el patrimonio que tomó años edificar llegue a quien tú decidiste, en los términos que tú decidiste, y sin que un imprevisto lo convierta en una fuente de conflicto familiar o bien, existe la posibilidad que todo lo generado por mala administración o por no dejar las cosas por escrito se pierdan totalmente.


Acercarse a expertos es fundamental para diseñar una estructura de sucesión adecuada a cada situación particular, y así proteger, en vida y después de ella, el patrimonio que has construido.

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