En el Estado de México (Edomex) el Congreso local despenaliza el aborto, el cual permite la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas de gestación. Este logro fue gracias a la reforma del Código Penal estatal, que salvaguarda los derechos reproductivos y los principios legales de la libertad y autonomía de las gestantes.
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El Congreso local aprobó esta reforma con 55 votos a favor, 7 en contra y 4 abstenciones, también cambia el artículo 248 para permitir el aborto de forma voluntaria hasta las 12 semanas de gestación. Con este suceso, Edomex se posiciona en el lugar 18 de las entidades federativas en despenalizar la interrupción del embarazo.
Congreso local: despenalización del aborto hasta las 12 semanas gestación
Esta iniciativa contó con el apoyo de la Comisión para la Igualdad de Género de la LXII Legislatura mexiquense, la cual fue liderada por la diputada Zaira Cedillo Silva, quien tuvo un apoyo mayoritario en el Congreso local.
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Cabe señalar que la reforma fue aprobada el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, lo que demuestra el compromiso de la administración de Edomex por proteger los derechos humanos y la igualdad de género.
¿Qué se considera delito en la interrupción del embarazo después de las 12 semanas de gestación?
Pese a ser un delito realizar el aborto después de las 12 semanas de embarazo, existen excepciones importantes para la interrupción del embarazo en casos como violación, peligro de muerte o daño grave para la salud física o mental de la persona gestante, o cuando el producto presenta alteraciones genéticas o congénitas graves que derivan en trastornos físicos o mentales.
De lo contrario, la persona gestante podría tener una sentencia de seis meses a un año de prisión. Asimismo, aquellas personas que ejecuten el aborto sin consentimiento de la persona gestante, sin importar la etapa del embarazo, podrán ser sentenciadas de cinco a 10 años de cárcel, con multas que van de 50 a 400 días.
Adicionalmente, si la interrupción del embarazo fue causada por violencia física, psicológica o negligencia en los cuidados ginecobstétricos, las penas podrán incrementarse hasta un 50% más.